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Ratificada la condena por parte del TSJA a un hombre a 17 años de cárcel por asesinar a otro de varios disparos en Istán

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de 17 años de prisión impuesta a un hombre por asesinar a otro de varios disparos en una carretera de Málaga y lo ha absuelto del delito de tenencia ilícita de armas tras estimar en parte el recurso de la defensa. Ratificada la condena por parte del TSJA a un hombre a 17 años de cárcel por asesinar a otro de varios disparos en Istán

Los hechos sucedieron en octubre de 2019. Según se declaró probado por la Sala de Málaga tras el veredicto de un jurado popular, el acusado planeó junto al menos otro hombre no identificado acabar con la vida de la víctima para lo que concertaron un encuentro con esta frente a un club de tenis en la carretera de Istán. Ratificada la condena por parte del TSJA a un hombre a 17 años de cárcel por asesinar a otro de varios disparos en Istán

El acusado se dirigió armado al lugar donde le aguardaba el otro hombre no identificado y fueron donde habían acordado con la víctima, marchándose los tres en un vehículo por dicha carretera. Poco más tarde, en un punto «deshabitado y contiguo a un desnivel de terreno», salieron de la calzada, detuvieron el vehículo y dispararon.

Los disparos causaron en el hombre heridas en el tórax y abdomen, pero sobre todo una principal en la cabeza que causó su muerte de forma muy rápida. No tuvo posibilidad alguna de defenderse ni posibilidad de escapatoria. Tras disparar, empujaron el cuerpo por el desnivel contiguo para que quedara oculto entre la arboleda.

Por estos hechos se condenó por un delito de asesinato a la pena de 17 años de prisión y también como autor de otro de tenencia ilícita de armas, por el que se le impuso un año y ocho meses de prisión; aunque esta ha sido revocada. Sí se ha confirmado también el pago de 430.000 euros a la pareja y los hijos del fallecido.

El jurado popular y la sentencia de Málaga argumentaron de forma «extensa, profunda, pormenorizada» las razones por las que concluyen la participación y autoría del acusado en el asesinato, para lo que se basaron en prueba indiciaria «suficiente»; pues es cierto, dice el TSJA, que no existe prueba directa.

Sí estima las alegaciones respecto al delito de tenencia ilícita de armas, al considerar el alto Tribunal andaluz que corresponde a la acusación acreditar que carecía de la licencia del arma, para lo que «hubiera bastado con la sola aportación de certificación acreditativa del organismo administrativo con capacidad para expedirla de que no aparece solicitada y concedida» dicha licencia.

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