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Bárbara Rey elude la prisión por un delito de alzamiento de bienes al pactar con el fiscal

Bárbara Rey elude la prisión por un delito de alzamiento de bienes al pactar con el fiscal. Barbara Rey ha pactado con la Fiscalía de Madrid una condena en el juicio celebrado ayer tras reconocer que cometió un delito de alzamiento de bienes en relación a varias operaciones financieras llevadas a cabo para evitar pagar 143.902,24 euros a Hacienda, han informado a Europa Press fuentes jurídicas y fiscales.

La exvedette y su hija, acompañadas por un familiar, acudieron ayer a primera hora de la mañana a la sede de la Audiencia Provincial de Madrid para asistir a la vista oral, a cuya prueba renunciaron las partes como consecuencia del acuerdo de conformidad alcanzado con la fiscal del caso. Bárbara Rey elude la prisión por un delito de alzamiento de bienes al pactar con el fiscal

Apenas estuvieron cinco minutos en la sala de vistas, donde madre e hija se limitaron a reconocer los hechos. Su hijo, Ángel Cristo, en cambio, no acudió al encontrarse fuera de España a punto de participar en el reality ‘Supervivientes’.

La fiscal solicitaba inicialmente en su escrito de acusación tres años y seis meses de cárcel para la actriz y dos años y medio para sus hijos.

Ahora, la pena se ha reducido a un año y ocho meses de cárcel y multa de 1.800 euros en el caso de la actriz tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad, según ha avanzado Telecinco.

ELUDIR EL PAGO

El juicio estaba previsto para el pasado junio, pero se aplazó debido a que uno de los acusados estaba en paradero desconocido. Los hechos se remontan al 10 mayo de 2011 cuando la AEAT comenzó una inspección a M. G. G. en relación al pago del Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) de los periodos fiscales comprendidos entre los años 2006 y 2008.

Bárbara Rey elude la prisión por un delito de alzamiento de bienes al pactar con el fiscal

Así, el 16 de noviembre del 2012 se dictaron sendas actas por el IRPF, la primera del año 2006 y la segunda, correspondiente al año 2007/08, por importes de 135.031.21 euros y 131.568,98 euros, respectivamente.

Dichas actas fueron notificadas a la acusada el 12 de febrero del 2013 y tenían de plazo de ingreso voluntario hasta el 20 de marzo de ese mismo año. De ahí que el 18 de julio se dictaran sendos acuerdos de imposición de sanciones en ambos expedientes, por importes de 51.496,62 euros y 60.675.47 euros, igualmente notificados a la acusada en fecha 8 de agosto de 2013.

DISPOSICIÓN PATRIMONIAL

A sabiendas de que habían dado comienzo las labores de investigación de la AEAT, la acusada, «con ánimo de eludir dicha responsabilidad de pago y frustrar las legítimas expectativas de cobro de la AEAT», se puso en contacto con varios familiares para actuar en «connivencia» a fin de llevar cabo la realización de ciertos actos de disposición patrimonial «que tenían como objetivo la finalidad de generar la quiebra de las deudas contraídas , haciendo imposible el cobro de los mismos por sus legítimos titulares».

La Fiscalía detalla un total de trece operaciones en las que tomaron parte sus dos hijos, su hermana y otras personas con la finalidad de provocar una situación de indefensión económica por parte de la acusada «que imposibilitara satisfacer los créditos reclamados por la AEAT, al no ser habido bienes bastantes a tal fin por la situación de insolvencia creada por los acusados». A fecha de 19 de diciembre del 2017 existía un saldo de deuda pendiente de ingreso de 143.902,24 euros.

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