El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha impuesto 18 años y dos meses de prisión a dos agentes de la Guardia Civil de Níjar (Almería) acusados de robar hachís y marihuana a narcotraficantes a través de tres ‘vuelcos’ que tuvieron lugar entre febrero y julio de 2020 con la colaboración de otras seis personas, también condenadas.
La sentencia del alto tribunal andaluz, consultada por Europa Press, estima parcialmente el recurso de apelación impulsado por la defensa de los acusados y, en el caso de los guardias civiles, les absuelve de un delito de revelación de secretos por el que la Sección Segunda de Almería les había condenado a 15 meses de multa a razón de 12 euros diarios, y les atenúa la pena inicial de 18 meses de cárcel por pertenencia a grupo criminal a 15 meses y un día.
Así, se mantiene que los acusados se concertaron con varias personas desde finales de 2019 para «planear y ejecutar ‘vuelcos’ de sustancia estupefaciente o de dinero procedente de actividades de tráfico de drogas en posesión de terceros», de modo que eran ellos quienes dirigían las actuaciones gracias a los conocimiento que les brindaba su actuación profesional.
La resolución de 76 páginas detalla que los agentes llegaron incluso a instruir al resto de acusados para que durante los robos «fingiesen ser guardias civiles», con lo que les indicaron cómo debían actuar para disfrazar de intervención policial los robos que cometían. En este sentido, habrían proporcionado incluso «vestimenta oficial de Guardia Civil» a sus compinches.
En este sentido, la sentencia detalla tres actuaciones concretas que fueron planificadas y ejecutadas por los miembros de la organización, entre ellas, el robo de un cargamento de marihuana termosellada al vacío que portaba un camión con doble fondo intervenido por los agentes implicados el 26 de febrero de 2020.
El camión, intervenido en la A-7, fue derivado hasta un área de servicio de la Venta del Pobre donde «aparentando una actuación oficial», los agentes instaron al conductor que colocara el vehículo en un callejón oscuro de la zona, entre dos naves, «con la finalidad de ocultar los hechos que iban a cometer».
Después de esto, acudieron al lugar tres turismos y una furgoneta con personas no identificadas, algunos de ellos con chalecos reflectantes, quiénes se hallaban en contacto directo con los agentes.
La secuencia fue captada de lejos por una cámara de vídeovigilancia. En virtud de dicha prueba el tribunal señaló que en unos pocos minutos, entre todos ellos, trasvasaron, «al menos, una bolsa termosellada de marihuana», con un kilo de estupefaciente, desde el doble fondo de la caja del camión hasta la furgoneta.
Tras haberse marchado la furgoneta con la bolsa, los agentes dieron noticia por los cauces oficiales de la pretendida operación policial, con lo que a los pocos minutos acudió hasta el lugar otra patrulla de Guardia Civil.
La sentencia recoge otra actuación, en junio de 2020, encaminada a efectuar otro golpe en una nave industrial del polígono Santa Olalla de Níjar donde tenían constancia de la existencia de marihuana. Los agente entregaron uniformes a dos de los compinches y les instruyeron de cómo debían actuar al entrar en la nave al grito de ‘Guardia Civil‘.
Tras planificar los hechos, los miembros de la banda se dispusieron a dar el golpe que resultó frustrado, dado que algunos de ellos fueron embestidos por un vehículo y les obligó a huir del lugar. Fue entonces cuando los agentes comunicaron al puesto al que pertenecía la existencia de marihuana en la nave industrial, en la que se intervinieron 758 plantas y un saco con cogollos.
La organización planeó un tercer golpe en julio de 2020 destinado a sustraer un porte de resina de cannabis que debía hacerse entre Málaga y Barcelona. La actuación consistía en ganarse la confianza de los poseedores de resina de cannabis, conocer sus movimientos y así facilitar el vuelco. La actuación les permitió el robo de 19 kilos de hachís.
La sentencia de apelación mantiene en los mismos términos las condenas a los agentes por los delitos contra la salud pública, robo con intimidación, falsedad en documento oficial, robo en tentativa y robo con violencia. De otro lado, los absuelve de un delito de revelación de secretos al no ver que los agentes desvelasen «datos secretos ni informaciones» que ya pudieran obrar en conocimiento de sus compinches.
En cuanto a su pertenencia al grupo criminal, el tribunal rebaja la pena casi tres meses a los agentes y entre dos y tres meses a otros cuatro miembros de la banda por las cantidades de droga que, según se probó, fueron finalmente intervenidas.
Así, a estos otros acusados que enmarca como colaboradores y en niveles más bajos de la organización, que inicialmente fueron condenados a penas de hasta siete años y diez meses, también les rebaja sensiblemente la pena por los delitos contra la salud pública y robo con violencia.