El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a los exalcaldes de Cantoria Pedro Llamas y Gaspar Masegosa por un delito de prevaricación después de que ambos reconocieran una subida deliberada de salario para tres trabajadores del Ayuntamiento que se mantuvo durante el mandato de ambos, entre 2012 y 2015, pese a los reparos emitidos por el secretario-interventor del Consistorio al respecto.
Fuentes del TSJA ha confirmado a Europa Press la firmeza del fallo dictado en sala tras el reconocimiento de los hechos por parte de los acusados, quienes de conformidad han aceptado, en el caso de Pedro Llamas, dos años de prisión y otros diez de inhabilitación para empleo o cargo público, así como tres años de suspensión de empleo y sueldo y una multa de cuatro meses a razón de 12 euros diarios. Masegosa, por su parte, ha sido inhabilitado para nueve años.
Los exregidores ‘populares’, ambos con varias condenas anteriores por prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio, han asumido así la acusación efectuada por el Ministerio Fiscal, que en su escrito de acusación detalla la resolución emitida por Llamas el 30 de marzo de 2012 «sin sujeción a tramitación alguna» para incrementar los sueldos de tres empleados.
En concreto, con su «arbitraria» decisión elevó en 400 euros líquidos la nómina de uno de ellos y en otros 150 euros la de otros dos empleados «desoyendo las advertencias del secretario-interventor», que mediante un informe declaró «nula» dicha subida salarial por vulnerar el Real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, que impedía el incremento de las retribuciones del personal.
Los acusados mantuvieron las nóminas de los trabajadores pese a los reparos por «ilegalidad» a todas las retribuciones formuladas por la intervención del Ayuntamiento. El empleado al que más aumentaron su retribución mantuvo dicha subida durante más de tres años.
CASI 300.000 EUROS PARA UNA EMPRESA
De otro lado, a Llamas también se achaca la firma de un contrato en febrero de 2011 con una empresa que aún no estaba constituida legalmente para la prestación de servicios de competencia municipal «siendo plenamente conocedor de la ilegalidad de su proceder», a la que además se pagaron facturas sin fiscalizar.
El secretario-interventor emitió 52 reparos a las órdenes de pago emitidas por los acusados que, entre 2011 y 2014, sumaron 294.887 euros que se entregaron «sin control o fiscalización alguna por parte de la corporación local».
El contrato recogía que el Ayuntamiento de Cantoria abonaría la cantidad de 3.000 euros para la constitución de la empresa en concepto de ‘Aportación para creación empresa discapacidad’. Un mes después, dictó una orden de Alcaldía para abonar a la empresa 3.000 euros «sin justificación alguna, con fines ajenos a la función pública y en beneficio único de los socios de la citada mercantil» de cara a dicha constitución.
La actuación volvió a ser objeto de reparo por parte del secretario-interventor al entender que la resolución era «nula de pleno derecho» ya que no existía ni consignación ni partida presupuestaria para ello, toda vez que el Ayuntamiento adolecía de liquidez, «tratándose además de una empresa privada ajena al sector público».
Tras la constitución de la empresa con dinero municipal, el exalcalde abonó «de forma sistemática y con pleno conocimiento de la arbitrariedad e ilegalidad de su proceder» durante todo su mandato diversas facturas a la empresa sin que se detallara de forma concreta los servicios prestados.
Por su parte, Masegosa continuó durante su mandato, hasta junio de 2015, con los pagos a la empresa de las facturas que emitía, sin detalle y sin fiscalización previa sobre su abono por parte de la entidad pública.