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Aprobado un decreto-ley con 40 millones para fomentar uso racional del agua en hoteles y restauración

Aprobado un decreto-ley con 40 millones para fomentar uso racional del agua en hoteles y restauración.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes un decreto ley para la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de dos líneas de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva con la aspiración de paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, la mejora de la eficiencia energética y mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces.

Las ayudas, que se integran en el marco del programa de ‘Financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas’ del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; cuenta con dos líneas.

Aprobado un decreto-ley con 40 millones para fomentar uso racional del agua en hoteles y restauración

La primera de ellas es para empresas que presten servicio de alojamiento turístico y otro tipo de actividades o servicios vinculados al turismo; y la segunda, para empresas que presten el servicio de restauración/hostelería, según una nota del Gobierno andaluz.

Las subvenciones se financiarán con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación ‘Next Generation EU’ y el importe disponible será de 18.420.579,54 euros.

A esta cantidad se sumarán los excedentes de la primera fase del programa de Eficiencia Energética de la Industria Turística, estimados en 22 millones de euros.

En la línea 1 se incluyen los establecimientos de alojamiento turístico, las actividades de organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos vinculados a la actividad empresarial, las actividades en estaciones de esquí, campos de golf, puertos deportivos, campos de polo u otros, las actividades de ocio, entretenimiento y esparcimiento que se desarrollen en parques temáticos, de atracciones, acuáticos, zoológicos o botánicos, los balnearios, spas u otras instalaciones relacionadas con el bienestar de las personas, los autobuses con recorridos panorámicos, transporte de pasajeros por vías navegables interiores, coches de caballos y alquiler de bicicletas y las actividades de conocimiento de la lengua castellana por personas extranjeras, así como las relacionadas con el flamenco en Andalucía.

A la segunda línea pueden acogerse las empresas cuya actividad entre en los CNAE de restaurantes y puestos de comidas (5610), provisión de comidas preparadas para eventos (5621), otros servicios de comidas (5629) y establecimientos de bebidas (5630).

Serán actuaciones subvencionables, entre otras, las basadas en la reutilización del agua, como el tratamiento y posterior reutilización del agua proveniente de fuentes distintas de la red de agua potable o similares; las que reduzcan el caudal de agua necesario para un uso concreto en su punto de consumo y comporten un ahorro de agua en las instalaciones en servicio de un establecimiento; adaptación de infraestructuras para prevenir el exceso de calor o de frío; instalación de cubiertas vegetales de bajo consumo hídrico o sustitución de cubiertas vegetales por artificiales; sustitución en jardines y otras zonas de vegetación por especies vegetales especialmente adaptadas a la restricción o ausencia de agua; y aquellos proyectos de mejora de la eficiencia energética.

MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE CLASIFICACIÓN HOTELERA

El decreto también incluye la modificación del Decreto ley 13/2020 de Clasificación hotelera, otorgando 5 puntos por cada medida que sea subsumible en diferentes apartados, con un máximo de 20 puntos en total.

Valora la disposición de sistemas de reutilización del agua para el tratamiento y posterior reutilización del agua proveniente de fuentes distintas de la red de agua potable (fregaderos, duchas, bañeras, piscinas, lavado, condensación de agentes frigoríficos, lluvia, mar o residuales), incluyendo los sistemas de recuperación de aguas; los avanzados de lavandería y cocina, y los sistemas con fuentes alternativas de agua que pueden complementar la necesidad de agua del establecimiento en determinados usos.

Recoge en estas medidas disponer de sistemas o elementos que reduzcan el caudal de agua necesario para un uso concreto en su punto de consumo y que, como consecuencia, comporten un ahorro de agua en el conjunto de instalaciones en servicio de un establecimiento; como por ejemplo los sistemas de ahorro de agua en habitaciones, cuartos de baño, cuartos de limpieza, zonas de duchas, vestuario, riego, piscinas, aguas de recreo, los sistemas digitales de gestión que permitan conocer el consumo de agua de las instalaciones y aplicar medidas de ahorro; y las actuaciones de reparación o sustitución de elementos en las redes existentes de distribución y suministro de agua del establecimiento para evitar fugas detectadas, regular la presión de entrada o mejorar su rendimiento.

Por último, también se valorará disponer de infraestructuras para prevenir el exceso de calor o de frío y mejorar la eficiencia energética, incluyendo en la apertura de refugios climáticos (equipamientos que mantienen temperaturas apropiadas, abiertos al uso público en periodos de calor excesivo), las intervenciones orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural o artificial); la reducción de la impermeabilidad del suelo o la captación de aguas pluviales, creación de microclimas con láminas creación de microclimas con láminas de agua y aplicación de soluciones bioclimáticas. Además, en los hoteles y los hoteles-apartamentos de tres a cinco estrellas se elimina el requisito de contar con una bañera en la habitación.

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