La Ley Andaluza del Flamenco, primera norma dedicada a este sector artístico en la historia de la autonomía, entra en vigor este sábado 22 de abril tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y lo hará curiosamente en vísperas la misma jornada en que se inicia la Feria de Abril de Sevilla.
El BOJA publica este viernes la norma aprobada el pasado 12 de marzo en el Parlamento andaluz sin votos en contra, con el apoyo del PP-A y la abstención del resto de grupos de la Cámara, PSOE-A, Vox, Por Andalucía y Adelante Andalucía.
Aunque la nueva Ley entra en vigor este sábado, dos disposiciones adicionales fijan un plazo de un año para la entrada en funcionamiento del Registro Andaluz del Flamenco, concebido como instrumento para el conocimiento, publicidad y ordenación de los profesionales y entidades relacionadas con el flamenco en Andalucía; y de año y medio para la aprobación del Plan General Estratégico del Flamenco, que constituirá el instrumento básico y esencial en la ordenación de recursos flamencos en la comunidad.
Con carácter general, la norma, que consta de 36 artículos y cinco disposiciones adicionales, busca dotar al flamenco de un régimen jurídico para garantizar su protección, conservación, y la promoción de su conocimiento para su uso como bien social y como patrimonio cultural inmaterial de Andalucía y asegurar su transmisión a las futuras generaciones.
La Ley busca fomentar el flamenco como elemento singular de la cultura andaluza, su promoción, y estimular el asociacionismo. En el texto se hace una mención específica a las peñas y a las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la divulgación y el conocimiento del flamenco.
ENSEÑANZA DEL FLAMENCO EN EL SISTEMA EDUCATIVO
La nueva norma también apuesta por la enseñanza del flamenco en el sistema educativo andaluz, que pretende abarcar las distintas etapas de la enseñanza no universitaria con la inclusión de contenidos curriculares y el desarrollo de actividades relacionados con el flamenco, y también en el ámbito universitario y en el espacio europeo de educación superior para fomentar la creación de cátedras de flamencología en las universidades andaluzas, así como un plan de formación anual del profesorado en materia de flamenco.
Igualmente, prevé que los bienes muebles, inmuebles, actividades y otros elementos del patrimonio inmaterial, incluidas las creaciones individuales y colectiva del flamenco que integran el conjunto patrimonial del flamenco, puedan ser inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, para propiciar que se acoja a la figura de protección que mejor corresponda a sus características y específicas necesidades.
La Ley inscribe al flamenco como forma de expresión singular y relevante de la cultura del pueblo andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Actividad de Interés Etnológico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.