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El Supremo niega bajar la pena a un hombre que violó a su hermana menor

El Supremo niega bajar la pena por el ‘sí es sí’ a un hombre que violó a su hermana menor en Sevilla.

El Tribunal Supremo ha declarado la no admisión de un recurso de casación de un varón, contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que le condena a 14 años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual con prevalimiento derivado de una relación de parentesco, cometido sobre su hermana menor de edad.

El inculpado, como refleja el Supremo en esta sentencia de fecha 30 de abril, esgrimía la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, cuya redacción inicial motivó más de mil reducciones de condenas por delitos sexuales, dada la unificación de los delitos de abuso y agresión en un solo tipo y la máxima de que ante una colisión entre dos normas penales de vigencia temporal diferente, debe aplicarse la pena más favorable para el reo; considerando que la aplicación de dicha normativa rebajaría a 12 años su condena, extremo que ha descartado el Supremo, que ha determinado que esta denominada como ley del «sólo sí es sí» no es más favorable al encartado.

El Supremo niega bajar la pena a un hombre que violó a su hermana menor

En concreto, en 2015 la Sección Séptima de la Audiencia provincial, declaró probado que de septiembre de 2009 a julio de 2011, el acusado convivía en el domicilio familiar con su hermana menor de edad y la madre de ambos, precisando que el ingreso del padre de la niña en prisión «y el alcoholismo de la madre, que era conocido por los servicios sociales, determinó que él se comprometiera con éstos a vigilar la normalización de la menor velando por su escolarización, higiene, alimentación y descanso adecuado».

La Sección Séptima de la Audiencia declaró también probado que «durante la convivencia eran frecuentes las discusiones entre el acusado y su madre, llegando incluso a agredirla, así como a insultarla y amenazarla delante de la menor, que en ocasiones medió entre ambos»; así como que también era difícil la relación con la niña, que mostraba dificultad para aceptar las reglas que aquel le imponía referidas a tareas escolares, higiene y hábitos alimenticios, siendo frecuentes los castigos en el cuarto donde le obligaba a estar quieta y, si se movía o jugaba, le daba un ‘cate’ en el culo, la obligaba también a permanecer en la mesa hasta que terminaba de comer, le pegaba con la mano y azotes en el culo, le hacía ‘bultos’ y cardenales y en una ocasión le dio con un palo de la fregona».

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