El TSJA ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla que condena a un joven por violar a su prima. La víctima tenía 16 años cuando sucedieron los hechos, mientras que el inculpado tenía unos 20. La sentencia detalla que el joven violó a su prima «al menos» cuatro veces en la vivienda de la abuela común de ambos. carcel violar prima
La sentencia previa declaró probado que Christian Z.S. «ha mantenido relaciones sexuales con penetración vaginal» con la menor». Asimismo, se confirma que no medió consentimiento alguno, ya que logró «doblegar su voluntad haciendo uso de la fuerza física y conminándola a que no contara nada a nadie».
La sentencia desgrana cada una de las cuatro situaciones. Así, en uno de los casos, el inculpado abordó a su prima «por la fuerza», la tumbó en el sofá y la penetró por vía vaginal. En otra ocasión le produjo daños en sus genitales y en otra la chica «intentó encerrarse en el baño» para impedir la violación. Sin embargo, el encartado se valió de nuevo de la «fuerza» para volver a penetrarla.
Las versiones de víctima y acusado eran contradictorias. En este sentido, la Audiencia de Sevilla destaca que el testimonio de la joven «ha sido persistente en la narración de los episodios». Además, se remite a un «informe psicológico que concluye un pronunciamiento favorable a la credibilidad del testimonio de la menor».
Sin indicios de engaño
La sentencia señala el «estado ansioso depresivo en la menor, compatible con el contenido de sus manifestaciones». Asimismo, esgrime el citado informe psicológico para descartar «indicios de actitud engañosa y de mediatización».
Igualmente, la sentencia esgrime como «elemento periférico de corroboración» los «pantallazos» de mensajes de telefonía móvil del encartado a la denunciante. En ellos se «requiere de manera insistente a la joven para que acceda a sus propósitos sexuales».
Con la ley del sí es sí, que unifica los delitos de abuso y agresión en un solo tipo, el inculpado fue condenado a ocho años y un día de cárcel por un delito continuado de agresión sexual sobre su prima. También se le prohíbe acercarse o comunicarse con ella durante diez años, así como cinco años de libertad vigilada pospenitenciaria. También se le imponen 13 años de inhabilitación para empleo o actividad que implique contacto directo con menores y una indemnización de 6.000 euros en favor de la víctima.
En su recurso de apelación contra dicha sentencia condenatoria de la Audiencia, la defensa de Christian Z.S. solicitaba la eximente incompleta de drogadicción. También avisaba de un posible error en la valoración de las pruebas.
Adicción «no corroborada»
El TSJA considera que la adicción no estaba corroborada por ningún análisis o informe de tratamiento o rehabilitación. Ello impediría apreciar dicho atenuante, por lo que el alto tribunal andaluz descartó su aplicación. Tampoco accede a reconocer un posible error en la valoración de las pruebas. En este sentido, el TSJA prescinde del testimonio del acusado, que ni siquiera admitió los hechos.
Además, el acusado ofreció una coartada al intentar demostrar que se encontraba trabajando en Mallorca entre febrero y diciembre de 2019. No obstante, el contrato de trabajo aportado para intentar acreditar tal extremo no comprende la totalidad de las fechas a que se refieren los hechos probados.
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