Este lunes arranca una campaña de control de velocidad en las carreteras andaluzas. La Dirección General de Tráfico (DGT) desarrolla desde este lunes y hasta el próximo domingo, 21 de abril, una nueva campaña específica de vigilancia y control de la velocidad en las carreteras andaluzas, uno de los factores clave de la siniestralidad vial.
A lo largo de siete días se controlarán especialmente tramos de riesgo asociado a la velocidad, así como aquellos puntos donde la circulación supera el límite establecido y existe un elevado índice de siniestralidad, según ha detallado la DGT en un comunicado.
Este lunes arranca una campaña de control de velocidad en las carreteras andaluzas
De los 139.007 vehículos controlados durante la pasada campaña en las carreteras andaluzas, más de 9.000 conductores resultaron infractores y, por lo tanto, denunciados por exceso de velocidad, lo que representa el 6,5% del total. Al 38,4% de los conductores infractores se les notificó la denuncia en el momento de ser parados e informados por los agentes de tráfico.
Cuando los controles fueron realizados en autovías y autopistas, mediante radar dinámico (con el radar embarcado en el vehículo y circulando), la velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados fue de 129 kilómetros por hora, lo que supone nueve kilómetros por hora por encima del límite genérico permitido en este tipo de vías, aunque por debajo de los 12 kilómetros por hora que excedieron los vehículos controlados en la anterior campaña.
Atendiendo a su carácter preventivo, se anunciará a los conductores la existencia de controles, bien a través de los paneles de mensaje variable o de señalización vertical circunstancial cuando la vía no disponga de dichos paneles. Los encargados de poner en marcha esta campaña serán tanto los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, como del resto de Policía Local y Autonómica que deseen sumarse a la misma.
Además, desde el 21 de marzo de 2022, con la entrada en vigor de los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a los turismos y las motocicletas no se les permite rebasar los límites de velocidad fijados en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.