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Un juzgado perdona 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja con cinco hijos

Un juzgado perdona 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja con cinco hijos. Un juzgado de Málaga ha perdonado 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja, al considerar que son deudores de buena fe y tras declararse fortuito el concurso de acreedores en el que estaban inmersos.

Así lo han asegurado desde el despacho de abogados Ley 57, que ha sido el administrador concursal en este proceso de segunda oportunidad que se inició tras la crisis sanitaria del COVID.

Un juzgado perdona 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja con cinco hijos

Según han explicado, la mujer perdió el trabajo que tenía en un agencia de viajes y con el fin de poder llegar a fin de mes, «encadenaron sucesivamente préstamos» para poder atender a los apremios de los acreedores, «que finalmente se convirtieron en impagables», sin que pudieran hacer frente a los créditos.

En este caso, el juzgado justifica la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en que el deudor tiene la consideración de deudor de buena fe, teniendo en cuenta que el concurso no ha sido considerado culpable, sino que fue declarado fortuito.

También se ha tenido en cuenta que el deudor no ha sido condenado en sentencia por ningún delito contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración de concurso y no tiene un proceso penal pendiente a tales efectos.

Asimismo, se apunta que el deudor intentó alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos. De hecho, por parte de Ley 57 se convocó a los acreedores a una reunión para tratar una posible forma de pago, que mayoritariamente no atendieron, por lo que se plantó el concurso de acreedores de la pareja.

El abogado Carlos Cómitre ha destacado que este auto permite, años después, que esta familia «pueda volver a empezar sin deudas», ya que «concede la exoneración del pasivo insatisfecho o el perdón de las deudas tras no poder afrontar el pago de los préstamos que había tenido que solicitar tras el COVID y no poder pagarlos».

Además, el letrado que ha llevado el procedimiento ha señalado que es «una muestra de cómo realmente este proceso de segunda oportunidad puede funcionar».

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