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Urbanismo multa a la empresa de la residencia de La Palmera por «incumplir» la orden de «legalizar» las grúas

La construcción de esta residencia ha venido acompañada de polémica, hasta tal punto que la Asociación en Defensa del Patrimonio Histórico (Adepa) solicitó por la vía judicial suspender la licencia de obra y demoler lo construido hasta ahora. El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido un dictamen, de obligado cumplimiento, «favorable» a la licencia concedida. El órgano superior consultivo argumenta que esta licencia urbanística «no incurre en vulneración del planeamiento urbanístico de la ciudad (Plan General de Ordenación Urbana –PGOU–), ni en causa de nulidad ni vulnera el interés público», descartando así, «uno por uno», los argumentos esgrimidos por la Adepa, en palabras del Consistorio.

Sobre los argumentos expuestos que aseguraban que la licencia urbanística en cuestión infringía el ordenamiento jurídico en relación a cuestiones tales como la altura permitida, la edificabilidad, número de plantas y paisaje urbano, el dictamen los considera «desacreditados» en los «numerosos» informes técnicos emitidos y que constan en el expediente administrativo. «No admite tampoco que haya existido vulneración jurídica ni que afecte al interés público», ha apostillado el Consistorio.

«En definitiva, la licencia concedida cumple con todos los requisitos legalmente establecidos y no infringe el ordenamiento jurídico. En virtud de lo expuesto, este Consejo Consultivo debe concluir que el acto administrativo en cuestión no adolece del vicio de nulidad previsto y se dictamina favorablemente la propuesta de resolución dictada en el procedimiento de revisión de oficio de licencia», según recoge literalmente el dictamen y ha subrayado el Ayuntamiento en las últimas semanas.

El delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social, Juan Manuel Flores, ha remarcado en los últimos tiempos el trabajo técnico y jurídicamente «riguroso» que han realizado los trabajadores de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, que «en todo momento, se han ajustado a la legalidad y a la seguridad jurídica necesaria en las actuaciones de la administración pública».

El dictamen del Consultivo se suma a una reciente sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla, que ha «refrendado» los argumentos jurídicos de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente a la hora de continuar con la tramitación de licencias para los expedientes completos que estaban presentados antes del inicio de la reforma del punto 6.6.3 del PGOU que eliminaba el plus de edificabilidad en algunas zonas de la ciudad para construir nuevos equipamientos privados.

Del fallo se deduce que «no cabe paralizar ni suspender» la concesión de licencias de expedientes (proyectos de obras) cuya tramitación estuviera ya completada ante la Gerencia con carácter previo a la citada suspensión de licencias o a la modificación del PGOU, aunque, «por defecto de forma, anula» la suspensión por un año que aprobó el Pleno municipal tras el recurso por una de las tres empresas con proyectos en distintas partes de la ciudad afectadas por la decisión plenaria, cuestión que será recurrida por Urbanismo.

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